Artículo 1 — Artículo 1
Fíjanse los siguientes valores para la liquidación del Impuesto a las Actividades Agropecuarias (IMAGRO) correspondiente al ejercicio 15 de octubre de 1984 a 30 de junio de 1985; a) Producción básica media del país por hectárea: N$ 1.699.85 (nuevos pesos mil seiscientos noventa y nueve con ochenta y cinco centésimos). b) Costo de producción media pecuaria por hectárea: N$ 1.041.57 (nuevos pesos mil cuarenta y uno con 57/100).