Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase, por el término de 90 (noventa) días, a partir del 8 de febrero de 1994, la exoneración del pago del Impuesto al Valor Agregado, a las enajenaciones de carnes ovina que se efectúen en dicho período.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase, por el término de 90 (noventa) días, a partir del 8 de febrero de 1994, la exoneración del pago del Impuesto al Valor Agregado, a las enajenaciones de carnes ovina que se efectúen en dicho período.
Artículo 2 — Artículo 2
Publíquese en dos diarios de circulación nacional.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.