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Increméntase los salarios vigentes al 31 de mayo de 1987 de los trabajadores del Grupo Nº 38 "Cemento, Cerámica Roja, Refractaria y Blanca", Subgrupo "Cerámica Blanca Artesanal", en un porcentaje del 14,5% a partir del 1º de junio de 1987 y hasta el 30 de setiembre de 1987, por lo cual ningún trabajador podrá percibir menos de los siguientes mínimos: Categoría 1 N$ 135,70 por hora Categoría 2 N$ 156,05 por hora Categoría 3 N$ 162,80 por hora Categoría 4 N$ 176,40 por hora Descripción de Tareas: Categoría 1. Comprende a los trabajadores que son denominados "Peón Aprendiz", categoría que no puede desarrollarse por un tiempo superior a las 100 jornadas u 800 horas efectivamente trabajadas y en cuyo período el trabajador habrá demostrado haber aprendido las tareas básicas de una o más áreas de la fabricación. Categoría 2. Esta categoría está integrada por los trabajadores que desarrollan las tareas que se enumeran a continuación: Operario Calificado 2: Es el operario que habiendo adquirido cierto conocimiento y/o experiencia en las tareas propias de la "Categoría 2" colabora en ellas bajo las indicaciones de un capataz o encargado, o aquel trabajador que es preparado durante 60 días o 480 horas como máximo para realizar cualquier tarea de las que integran la Categoría 3. Pigmentador: Es el operario que realiza la mayor parte de su jornada tareas de pigmentado por inmersión o baño de la pieza. Empaquetador: Es el operario que realiza la mayor parte de su jornada tareas de empaquetar mercadería terminada. Peón de mantenimiento: Es el operario que realiza la mayor parte de su jornada tareas de mantenimiento de la fábrica en el área de albañilería, mecánica, carpintería, pintura, etc., bajo las indicaciones de un encargado. Categoría 3. Esta categoría está integrada por los trabajadores que desarrollan las tareas que se enumeran a continuación: Operario Calificado 3: Es el operario que habiendo adquirido los conocimientos necesarios colabora en cualquiera de las tareas de esta categoría o las realiza en forma independiente sin dedicarse exclusivamente a ninguna de ellas en forma continua, o aquel trabajador que es preparado durante 100 jornadas u 800 horas como máximo para realizar cualquier tareas de las que integran la categoría 4. Colador: Es el operario que realiza la mayor parte de la jornada tareas relacionadas con el colado y desmolde de la mercadería, realizado con depósitos manuales (jarras). Pastero: Es el operario que realiza la mayor parte de la jornada tareas de fabricación de Barbotina y pastas de colado. Pintor Común: Es el operario que realiza la mayor parte de la jornada tareas relacionadas con el pintado de las piezas utilizando pincel o esponja y trabajando dentro de un espectro limitado de colores o piezas. Tapador: Es el operario que realiza la mayor parte de la jornada tareas de tapado de material colado. Complementador: Es el operario que realiza la mayor parte de la jornada tareas de complementado de piezas coladas y el tallado de los pequeños complementos. Reparador: Es el operario que realiza la mayor parte de la jornada tareas de reparación de piezas esmaltadas o bizcochadas. Hornero Bizcocho: Es el operario que realiza la mayor parte de la jornada tareas de carga y descarga de hornos y que tiene como tarea fija la vigilancia y apagado del horno de bizcocho aunque complete su tiempo con otras tareas de la categoría. Grafista: Es el operario que realiza la mayor parte de la jornada tareas de grafeado, lo que implica el pintado y dibujado total de la pieza que corresponda sin limitaciones técnicas de ningún tipo. Categoría 4. Esta categoría está integrada por los trabajadores que desarrollan las tareas que se enumeran a continuación: Pintora Especializada: Es el operario que realiza la mayor parte de la jornada tareas de pintura de las piezas, no teniendo limitaciones de índole técnico en los esmaltes a aplicar las herramientas a usar, realiza pequeños grafismos y conoce el trabajo de toda la línea de producción. Tallador: Es el operario que realiza la mayor parte de la jornada tareas de tallado de piezas bajo las indicaciones específicas dadas por un superior o copiando una muestra. Hornero de Pintura: Es el operario que realiza la mayor parte de la jornada tareas de carga, descarga y armado de hornos de esmalte y que tiene como tarea principal la vigilancia y apagado del mismo. Sopleteador: Es el operario que realiza la mayor parte de la jornada tareas de pintura a soplete de las piezas, realizando sombreados y efectos especiales siguiendo indicaciones sobre cualquier pieza. Clasificador: Es el operario que tiene como tarea principal la clasificación de la calidad final de la pieza terminada. Oficial: Es el operario que puede realizar cualquiera de las tareas de la categoría o la supervisa de acuerdo a instrucciones recibidas por el encargado, constituyéndose en un elemento de apoyo en las mismas, no dedicándose en forma exclusiva por tiempo indeterminado a ninguna de ellas. Todo trabajador está obligado a trabajar en cualquiera de las tareas que se indique por las empresas sin perjuicio de percibir el salario correspondiente a su categoría como mínimo. Si realizara una tarea de una categoría superior percibirá por el tiempo trabajado en esa tarea, el jornal correspondiente a la misma. Todo trabajador que realice una tarea de categoría superior, durante 60 jornadas contínuas, percibirá el salario de esa categoría y será confirmado definitivamente en ella siempre que no sea aclarado previamente por notificación escrita que está cumpliendo una suplencia. Comisión Especial: Créase una Comisión revisora de la aplicación de la descripción de tareas que antecede integrada por los respectivos delegados a éste subgrupo. La presente descripción de tareas quedará abierta a las distintas consideraciones que las partes realicen en el futuro.