Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 12 de diciembre de 1991 el plazo para presentar la declaración jurada y hacer efectivo el pago del Impuesto a las Trasmisiones Patrimoniales, cuyo hecho generador haya ocurrido entre el 14 de octubre y el 27 de noviembre de 1991 inclusive.