Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase el precio de venta de las "Planillas de Trabajo del Menor" que expide el Consejo del Niño en N$ 300 (nuevos pesos trescientos) cada juego (original y duplicado).
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
10 de julio de 1986
Fecha de publicación
1 de agosto de 1987
Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase el precio de venta de las "Planillas de Trabajo del Menor" que expide el Consejo del Niño en N$ 300 (nuevos pesos trescientos) cada juego (original y duplicado).
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese al Consejo del Niño y pase a la Contaduría General de la Nación a sus efectos.-