Decreto650-1990·1990

MODIFICACION DEL DECRETO 574/974 RELATIVO A LOS PASOS DE FRONTERA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/12/1990

Fecha de publicación

23/01/1991

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Modifícase el numeral 25 del artículo 5 del decreto 574/974 de 12 de julio de 1974, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Coordinación, en lo pertinente, de la actuación estatal en los Pasos de Frontera, sin perjuicio de la competencia específica de los demás Ministerios".

Artículo 2Artículo 2

Incorpórase al Programa 01, "Administración Superior", del Inciso 03, "Ministerio de Defensa Nacional", la Dirección Nacional de Pasos de Frontera.

Artículo 3Artículo 3

A dicha Dirección corresponde: a) Asesorar al Ministro y al Poder Ejecutivo en lo concerniente al funcionamiento de los Pasos de Frontera. b) Coadyuvar a la coordinación de la actuación de las distintas reparticiones estatales que intervienen en los Pasos de Frontera. c) Informar en relación a los cometidos indicados precedentemente, formulando las sugerencias del caso.

Artículo 4Artículo 4

El Ministerio de Defensa Nacional dispondrá lo conveniente para la redistribución interna o externa del personal civil que resulte excedente al cesar la Dirección Nacional de Pasos de Frontera, en el cometido de administración operativa de los Pasos de Frontera. El personal militar será destinado a cumplir las tareas propias de sus cargos, de conformidad con lo establecido en el decreto ley 14.157 (Orgánico de las Fuerzas Armadas), de 21 de febrero de 1974.

Artículo 5Artículo 5

Deróganse los decretos 127/976 de 26 de febrero de 1976, 730/976 de 9 de noviembre de 1976, 192/977 de 11 de abril de 1977 y artículo 2 del decreto 510/983 de 29 de diciembre de 1983.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, etc.