Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase el numeral 25 del artículo 5 del decreto 574/974 de 12 de julio de 1974, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Coordinación, en lo pertinente, de la actuación estatal en los Pasos de Frontera, sin perjuicio de la competencia específica de los demás Ministerios".