Artículo 1 — Artículo 1
Fíjanse con carácter Nacional, las siguientes categorías y salarios mínimos, para los trabajadores comprendidos en el Grupo 1 (Comercio) Subgrupo 7 "Librerías y Papelerías", Editoriales, Distribuidores de Libros y Organizaciones de Venta directa de libros y material didáctico a domicilio e importadores y mayoristas con giro único comprendido dentro de este decreto con vigencia desde el 1° de octubre de 1985 hasta el 31 de enero de 1986: Areá Comercial Peón Categoría 1): Realiza tareas de carga y descarga, acondicionamiento de mercaderías, y tareas anexas a las anteriores, con excepción a las inherentes al apartador de pedidos. Salario mínimo mensual de nuevos pesos once mil (N$ 11.000). Cadete Categoría 1): Ejecuta tareas sencillas y varias dentro o fuera de la empresa, salario mínimo mensual de nuevos pesos once mil (N$ 11.000). Guardabultos Categorías 1): Encargado de controlar la entrada y salida de bultos y mercadería que traigan o compren los clientes. Salario mínimo mensual de nuevos pesos once mil (N$ 11.000). Vigilante de Salón Categoría 1): Encargado de evitar la salida de la mercadería del local, sin su correspondiente facturación, salario mínimo mensual de nuevos pesos once mil (N$ 11.000). Apartador de Pedidos Categoría 1): Es el encargado de apartar y empacar la mercadería correspondiente a pedidos con destino a clientes del interior o ciudad, hasta un año en el cargo, finalizado este plazo deberá ser promovido, Salario mínimo mensual de nuevos pesos once mil (N$ 11.000). Ayudante de Chofer Categoría 1 1/2): Acompaña al chofer colaborando con éste en la tarea de carga y descarga de mercadería, secundándolo en el control general de mercaderías y envases entregados y devueltos. Salario mínimo mensual de nuevos pesos doce mil cien (N$ 12.100). Empaquetador de Salón Categoría 1 1/2): Se ocupa de la envoltura de la mercadería, controlándola con la factura y entregándola al cliente. Salario mínimo mensual de nuevos pesos doce mil cien (N$ 12.100). Auxiliar de Depósito Categoría 2): Se encarga de la recepción clasificación, expedición y almacenamiento de la mercadería destinada a la venta. Se puede encargar asimismo de movilizar la mercadería dentro del mismo local, desde el lugar donde estén depositados a las diferentes secciones. Salario mínimo mensual de nuevos pesos trece mil doscientos (N$13.200). Auxiliar de Venta Categoría 2): Realiza tareas de apoyo en la venta al público y no tiene libreta o facturas a su nombre. Salario mínimo mensual de nuevos pesos trece mil doscientos (N$ 13.200). Operarios Semicalificados Categoría 2) Efectúan tareas de naturaleza rutinario, manejan maquinarias y equipos standarizados (guillotinadores manuales, cosedores y encuadernadores). Salario mínimo mensual de nuevos pesos trece mil doscientos (N$ 13.200). Cajero de Salón B) Categoría 2): Responsable del cobro directo al público, realiza arqueos y puede clasificar facturas. Salario mínimo mensual de nuevos pesos trece mil doscientos (13.200). Agente Productor Categoría: En forma exclusiva o no vende libros o material didáctico a domicilio directamente al público. Su salario se estipulará contractualmente. Tasador Categoría 3): Encargado de recibir y valorar monetariamente libros usados para canje o compara. Salario mínimo mensual de nuevos pesos quince mil ochocientos cuarenta (N$ 15.840). Hasta cuatro años en el cargo se mantiene en esta categoría, transcurrido este período pasa a la categoría 4), con un Salario mínimo mensual de nuevos pesos diecinueve mil ocho (N$ 19.008). Servidor de Sucursales Categoría 3): Atiende especialmente los pedidos de las sucursales, hace las reposiciones, sirve las novedades y factura dichos envios. Salario mínimo mensual de nuevos pesos quince mil ochocientos cuarenta (N$ 15.840). Cajero de Salón A) Categoría 3): Responsable del cobro directo al público, realiza arqueos y tareas administrativas conexas al cargo. Salario mínimo mensual de nuevos pesos quince mil ochocientos cuarenta (N$ 15.840). Vendedor Categoría 3): Recibe y atiende al público, le muestra la mercadería, lo asesora, le explica, pregunta y argumenta. Controla la existencia de productos en los estantes, su orden, su higiene y la vigencia de sus precios. Salario mínimo mensual de nuevos pesos quince mil ochocientos cuarenta (N$ 15.840). Este vendedor pasa a la Categoría 4) después de cuatro años consecutivos y permanentes en el cargo, pasando a ser su Salario mínimo mensual de nuevos pesos diecinueve mil ocho (N$ 19.008). Vendedor de Plaza Categoría 3): Desempeña funciones análogas al vendedor viajante, las realiza en el lugar del domicilio principal de la firma pero fuera de establecimiento comercial. Salario mínimo mensual de nuevos pesos quice mil ochocientos cuarenta (N$ 15.840). Este vendedor pasa a la categoría 4) despúes de cuatro años en el cargo, con un salario mínimo mensual de nuevos pesos diecinueve mil ocho (N$ 19.008). Vidrierista Categoría 3): Se encarga de las tareas inherentes a la exibición y promoción de la mercadería. Salario mínimo mensual de nuevos pesos quince mil ochocientos cuarenta (N$ 15.840). Personal de Mantenimiento Categoría 3): Responsable por el mantenimiento preventivo o correctivo de las instalaciones y por el estado de conservación de las mismas según su oficio, Salario mínimo mensual de nuevos pesos quince mil ochocientos cuarenta (N$ 15.840). Chofer Categoría 3): Conduce los vehículos de la Empresa y es responsable de los mismos, realiza la entrega y el retiro de la mercadería y cobro de las facturas. Salario mínimo mensual de nuevos pesos quince mil ochocientos cuarenta (N$ 15.840). Vendedor Encargado B) Categoría 4): Tiene a su cargo una sucursal o local, pero no tiene personal a sus órdenes. Salario mínimo mensual de nuevos pesos diecinueve mil ocho (N$ 19.008). Vendedor de Encargado A) Categoría 5): Tiene a su cargo el local sin tener personal a sus órdenes; encargándose de todas las funciones incluido el trato con proveedores y distribuidores, y teniendo poder de resolución en todas las áreas. Salario mínimo mensual de nuevos pesos veintiún mil ochocientos sesenta (N$ 21.860). Subjefe de Sucursal Categoría 5). Es el que independientemente de la tarea específica que realice, tiene la responsabilidad de suplir al Jefe. Salario mínimo mensual de nuevos pesos veintiún mil ochocientos sesenta (N$ 21.860). Subjefe de Sección Categoría 5): Idem que el anterior. Vendedor Viajante Categoría 5): Representando a la Empresa concierta negocios para la misma fuera del lugar del domicilio principal y de sucursales de ésta. Puede gestionar cobros. Salario mínimo mensual de nuevos pesos veintiún mil ochocientos sesenta (N$ 21.860) Jefe de Sección Categoría 6): Es el responsable de organizar, conducir y coordinar los procedimientos y tareas de la sección. Tiene bajo su cargo la vigilancia y contralor directo de los demás empleados de su sección. Salario mínimo mensual de nuevos pesos veinticinco mil ciento treinta y nueve( N$ 25.139). Jefe de Sucursal Categoría 6): Es el responsable de organizar, conducir y coordinar los procedimientos y tareas de la sucursal. Tiene bajo su cargo la vigilancia y contralor directo de los demás empleados de la sucursal. Salario mínimo mensual de nuevos pesos veinticinco mil ciento treinta y nueve (N$ 25.139). Area Administrativa Cadete Categoría 1): Realiza tareas sencillas y varias dentro o fuera de la empresa. No realiza gestiones ante los organismos recaudadores. Salario mínimo mensual de nuevos pesos once mil (N$ 11.000). Limpiador Categoría 1): Desempeña y tiene a su cuidado la limpieza de los lugares de trabajo. Salario Mínimo Mensual de nuevos pesos once mil (N$ 11.000). Auxiliar común Categoría 2): Posee un conocimiento mínimo de las tareas de carácter general y realiza las de menor responsabilidad en el área administrativa, contable o de negocios con el exterior. Salario mínimo mensual de nuevos pesos trece mil doscientos (N$ 13.200). Telefonista Recepcionista Categoría 2): Responsable del manejo de la centralita, atiende al público que se presenta en la Empresa y lo orienta. Salario mínimo mensual de nuevos pesos trece mil doscientos (N$ 13.200). Sereno Categoría 2 1/2): Cumple las funciones que tienden a garantizar el cuidado de los bienes de la Empresa a través de procedimientos y controles preestablecidos. Salario mínimo mensual de nuevos pesos catorce mil quinientos veinte (14.520). Auxiliar Calificado Categoría 3): Con hasta cuatro años en el cargo. Tiene conocimiento administrativos, contables o de negocios con el exterior, realizando tareas de mayor responsabilidad que el auxiliar común en la sección a que pertece. Salario mínimo mensual de nuevos pesos quince mil ochocientos cuarenta (N$ 15.840). Transcurrido el período de cuatro años pasa a la Categoría 4) con un Salario Mínimo Mensual de nuevos pesos diecinueve mil ocho (N$ 19.008). Cobrador Categoría 3 1/2): Tiene a su cargo la recaudación de la empresa, visitando a los clientes en el momento adecuado. Salario mínimo mensual de nuevos pesos dicisiete mil cuatrocientos veinticuatro (N$ 17.424). Operador Categoría 3. Encargado de poner en funcionamiento el equipo de procesamiento de datos, de acuerdo con las normas del mismo. Coloca los elementos de entrada y salida. Vigila el cuadro de control y toma las medidas en caso de detención de errores. Salario mínimo mensual de nuevos pesos quince mil ochocientos cuarenta (N$ 15.840). Secretaria Administrativa Categoría 4: Encargada de tomar dictado y reproducir a máquina los textos que se le dicten o entreguen. Realiza traducciones o redacta en forma propia toda la correspondencia. Responde a consultas y se encarga del mantenimiento del archivo y de la entrada y salida de correspondencia. Puede operar equipos de télex. Salario mínimo mensual de nuevos pesos diecinueve mil ocho) N$ 19.008) Subjefe de Sección Categoría 5. Es el que independientemente de la tarea específica que realice tiene la responsabilidad de suplir al Jefe. Salario mínimo mensual de nuevos pesos veintiún mil ochocientos sesenta (N$ 21.860). Programador Categoría 5 1/2: Prepara programas que permitan el procesamiento de datos mediante computadoras. Utiliza las especificaciones dadas por el analista de sistemas, prepara los organigramas lógicos detallados, secuencia de los procesos, controles internos, y los convierte en programas mediante el lenguaje de programación correspondiente en cada caso, realiza los ensayos de prueba y prepara las instrucciones para el personal que maneja el cumputador. Puede operar el equipo. Salario mínimo mensual de nuevos pesos veintitrés mil quinientos (N$ 23.500). Tesorero Categoría 5 1/2): Tiene bajo su contralor, vigilancia y responsabilidad los valores generales y el dinero depositado en Caja, realizando tareas como pagar, recibir fondos, dirigir los movimientos bancarios y en general funciones administrativas inherentes al cargo. Salario mínimo mensual de nuevos pesos veintitrés mil quinientos (N$ 23.500). Analista de Sistema Categoría 6. Responsable de analizar las necesidades y problemas de la empresa en cuanto al procesamiento de la información. Asesora sobre la factibilidad y costo de la incorporación de un equipo computador. Prepara los diagramas y las especificaciones destinadas al programador y verifica si el sistema es apropiado, introduciendo las modificaciones necesarias. Salario mínimo mensual de nuevos pesos veiticinco mil ciento treinta y nueve (N$ 25.139). Secretaria Ejecutiva Categoría 6): Supervisada por un único Jefe o Consejo Directivo. Tiene la facultad de tomar decisiones en ausencia de sus superiores. Tiene acceso a datos confidenciales de la empresa y se encarga de resolver por cuenta propia asuntos que le son asignados por su superior. Se encarga de preparar en forma personal correspondencia, archivo privado de la empresa e información confidencial. Generalmente domina otro idioma además del propio. Salario mínimo mensual de nuevos pesos veinticinco mil ciento treinta y nueve (N$ 25.139). Jefe de Sección Categoría 6): Es el responsable de organizar, conducir y coordinar los procedimientos y tareas de la sección. Tiene bajo su cargo la vigilancia y contralor directo de los demás empleados de la sección. Salario mínimo mensual de nuevos pesos veinticinco mil ciento treinta y nueve (N$ 25.139).