Artículo 1 — Artículo 1
Suspéndese por un plazo de 180 (ciento ochenta) días la aplicación de los artículos 10, 11 y 16 del decreto 733/991 de 30 de diciembre de 1991.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Suspéndese por un plazo de 180 (ciento ochenta) días la aplicación de los artículos 10, 11 y 16 del decreto 733/991 de 30 de diciembre de 1991.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese en dos diarios de circulación nacional, etc.