Artículo 1 — Artículo 1
A partir del 1 de marzo de 2002, las Unidades Ejecutoras de los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, deberán enviar en forma obligatoria al "Sitio WEB "www.comprasestatales.gub.uy", y a los solos efectos informativos, los pliegos de bases y condiciones particulares de cada licitación pública o abreviada que realicen, en forma simultánea a la instancia de publicación o invitación dispuestas por las normas legales y reglamentarias vigentes. Asimismo, deberán enviar a dicho Sitio, las Resoluciones que dispongan la adjudicación de la licitación, el rechazo de la totalidad de las ofertas presentadas, o sí se declara desierta la licitación, en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la notificación de la resolución.