Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Acta de Rectificación, extendida por la Secretaría General de ALADI el 11 de noviembre de 2011, que consta como anexo (*) y forma parte del presente Decreto, de la versión en idioma portugués del Octogésimo Noveno Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 18, suscrito el 12 de octubre de 2011, entre los Gobiernos de la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, que incorpora al Acuerdo de Complementación Económica N° 18, la Directiva N° 16/11 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, relativa a la "Adecuación de Requisitos Específicos de Origen", al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo de 1980.