Artículo 1 — Artículo 1
Autorizar en forma excepcional a la Dirección General de Casinos, a prorrogar la aplicación de lo dispuesto en el artículo 32 del Decreto N° 354/018, de 26 de octubre de 2018, en caso de mantenerse el cierre del Casino del Estado Nogaró, siempre que dicho organismo tuviera disponibilidad financiera para atender la erogación resultante de la reparación indemnizatoria, por un término máximo de 45 (cuarenta y cinco) días a contabilizar a partir del vencimiento de la otorgada por el Decreto N° 318/020, de 30 de noviembre de 2020.