Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Ducentésimo Vigésimo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 18, suscrito el 5 de setiembre de 2024 entre los Gobiernos de la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, que consta como anexo (*) y forma parte del presente Decreto.