Decreto68-1989·1989

RESTAURANTES. AMPLIACION DE PLAZO PARA INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PRESTADORES DE SERVICIOS TURISTICOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/02/1989

Fecha de publicación

28/06/1989

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Amplíase a 120 días el plazo establecido por el artículo 10 del decreto 824/988 de 6 de diciembre de 1988.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese y publíquese.