Artículo 1 — Artículo 1
Habilitar por vía de excepción y por única vez al Fondo Social de Vivienda de Empleados y Obreros de la empresa CUTCSA a inscribir y adjudicar en propiedad las viviendas financiadas por el Fondo, a los afiliados que cuenten con 6 años o más de aportación a la Institución.-