Decreto699-1990·1990

FIJACION DE TASA DE INTERES PARA REGIMENES DE FACILIDADES. 1991

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/12/1990

Fecha de publicación

4 de mayo de 1991

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

La tasa de interés a que se refiere el artículo 33 del Código Tributario será del 7,5% (siete con cinco por ciento) mensual para el año 1991.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese en dos diarios de circulación nacional, etc.