Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones a partir del 1° de enero de 2013, en $ 2.598 (pesos dos mil quinientos noventa y ocho).-
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones a partir del 1° de enero de 2013, en $ 2.598 (pesos dos mil quinientos noventa y ocho).-
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc..-