Decreto7-2022·2022

AUTORIZACION DEL INGRESO EXCEPCIONAL AL PAIS UNICAMENTE DE CIUDADANOS URUGUAYOS Y EXTRANJEROS RESIDENTES PROVENIENTES DEL EXTERIOR, CURSANDO LA ENFERMEDAD COVID-19, A TRAVES DE MEDIOS DE TRANSPORTE PARTICULARES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de noviembre de 2022

Fecha de publicación

17/01/2022

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase el ingreso excepcional de aquellos ciudadanos uruguayos o extranjeros residentes en el país que, cursando la enfermedad COVID-19, requieran ingresar al país, siempre que lo hagan a través de medios de transporte particulares y no colectivos, en los que se garantice su permanencia aislada o, en su defecto, en conjunto con su núcleo familiar o convivientes durante el viaje.

Artículo 2Artículo 2

Las personas referidas en el artículo precedente, una vez que ingresen al país, deberán dar cumplimiento al régimen de aislamiento social preventivo y demás medidas sanitarias vigentes.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.