Decreto70-1993·1993

ARMADA NACIONAL - TARIFAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de setiembre de 1993

Fecha de publicación

3 de febrero de 1993

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Modifícase el artículo 4to. del Decreto 353/965 de 10 de agosto de 1965, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Cuando por razones de servicio deba recurrirse al personal en goce de horas francas, este recibirá el 70% de lo que perciba la Prefectura Nacional Naval. Exceptúanse los servicios prestados por hora hombre/embarcado o con apoyo canino, en cuyos casos recibirá el 50%".

Artículo 2Artículo 2

(*)

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y archívese.