Decreto70-1994·1994

AUTORIZACION DE USO PRIVATIVO DE AGUAS Y ALVEOS A ANP EN PUERTO DE MONTEVIDEO. SERVICIOS PORTUARIOS - CONCESIONES DE USO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/02/1994

Fecha de publicación

3 de febrero de 1994

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Concédese en forma gratuita a la Administración Nacional de Puertos el uso privativo de las aguas y álveos en el Puerto de Montevideo, para desarrollar actividades de reparaciones navales por un plazo de diez años, prorrogable por igual período.

Artículo 2Artículo 2

Facúltase a la Administración Nacional de Puertos a efectuar un llamado público a interesados en realizar las actividades navales referidas, de acuerdo a los procedimientos previstos en los Artículos 45 y siguientes del Dec. 412/992 de 1 de setiembre de 1992 y ceder en forma total o parcial la concesión a título oneroso.

Artículo 3Artículo 3

Declárase a todos los efectos que las actividades que se realicen en dichas áreas, se considerarán como si estuvieran dentro del recinto del Puerto de Montevideo.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.