Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse con vigencia al 10 de enero de 2021, las tarifas por los servicios suministrados por la empresa GASODUCTO CRUZ DEL SUR S.A., por transporte firme e ininterrumpidamente de gas, que se consignan en el cuadro adjunto como Anexo <IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> y que forma parte de este Decreto.