Decreto700-1986·1986

EXONERACION DEL PAGO DE PEAJES. RUTA NACIONAL N° 1

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/10/1986

Fecha de publicación

25/02/1987

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Exonérase del pago de peaje en su tránsito por el Puesto de Recaudación ubicado en la Ruta Nº 1 sobre la margen derecha del Río Santa Lucía, a los vehículos propiedad de personas físicas o jurídicas residentes permanentes en las poblaciones que se sirven de la Ruta 1 en el tramo comprendido entre el Río Santa Lucía y el km 32 de dicha ruta.

Artículo 2Artículo 2

(*)

Artículo 3Artículo 3

(*)

Artículo 4Artículo 4

El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en dos diarios de la capital.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese, etc.