Artículo 1 — Artículo 1
Fíjanse los siguientes salarios mínimos con carácter nacional para los trabajadores del Grupo 1 "Comercio", Subgrupo "Bazares y Ferreterías" ocupados en la comercialización al por mayor y menor de artículos de ferretería, pinturería, bazar y juguetería con vigencia desde el 1º de octubre de 1985, y hasta el 31 de enero de 1986. Categoría I. Cadete: Es el empleado menor de 18 años, que sin experiencia previa se inicia en la actividad realizando una labor de aprendizaje. Ejecuta la comisión de tareas específicas de nivel inferior, y es el encargado de tramitaciones simples, diligencias, compras de útiles y demás tareas afines. Aspirante de Ventas: Igual descripción de tareas que en el Cadete, pero mayor de 18 años. A los 6 meses de ocupado el cargo pasa a asistente de ventas. Limpiador: Es el trabajador que realiza el aseo del local e instalaciones, retirando los residuos y transportándolos a los lugares establecidos. Peón: Es el trabajador que realiza tareas manuales, exclusivamente que requiere esfuerzo físico y no requiere conocimientos técnicos. Aspirante Administrativo: Igual descripción de tareas que el Cadete, pero mayor de 18 años. Está afectado al área administrativa. A los seis meses de ocupado el cargo de Auxiliar 2do. La categoría I incluye las ocupaciones de Cadete, Aspirante de ventas, Limpiador, Peón, Aspirante administrativo, correspondiendo a todos estos cargos precedentemente definidos un salario mínimo de N$ 10.500. Categoría II. Asistente de ventas: Es el empleado que asiste a los vendedores en el desempeño de sus tareas. Puede ocasionalmente realizar las tareas de vendedor. Empacador: Es el empleado que tiene como función el correcto acondicionamiento de las mercaderías a retirar por los clientes. La misma la solicitará al depósito, la retirará personalmente, o la recibirá de los vendedores o revisadores. Deberá además, embalar adecuadamente la mercadería teniendo en cuenta la seguridad y presentación sin obligación de revisar la misma. (*) Sereno: Es el empleado que realiza tareas de vigilancia de locales de la empresa, efectuando periódicas recorridas y observando el cumplimiento del no ingreso de personas extrañas a la misma, en el horario en que la empresa permanece cerrada al público. Auxiliar Administrativo de 2da.: Es el empleado que a partir de órdenes superiores realiza tareas de tipo administrativo o contable, con una antigüedad de hasta 5 años en la empresa. La Categoría II, incluye las ocupaciones de Asistente de Ventas, Empacador, Sereno, y Auxiliar Administrativo de 2da., correspondiendo a todos estos cargos precedentemente definidos un salario mínimo de N$ 12.600. Categoría III. Sereno Limpiador: Realiza iguales tareas que el sereno y agrega tareas de limpieza e higiene del local. Telefonista: Es el empleado que tiene a su cargo las comunicaciones telefónicas. La categoría III, incluye a las ocupaciones de Sereno limpiador y telefonista correspondiendo a ambos cargos precedentemente definidos un salario mínimo de N$ 13.860. Categoría IV. Revisador: Es el empleado que controla, revisa y acondiciona las mercaderías a despachar, posee conocimientos específicos y técnicos sobre la mercadería. Chofer: Conductor profesional de vehículos de la empresa. Colabora en la carga y descarga de la unidad. Es responsable del mantenimiento del vehículo y la eficiencia de la entrega de la carga que transporta. Vendedor de 2da.: Es el empleado encargado de la atención al público. Posee conocimientos generales de la mercadería y su localización en la empresa. No se requiere especialización. Auxiliar Administrativo de 1ra.: Es el empleado que a partir de órdenes superiores realiza tareas de tipo administrativo o contable, con una antigüedad mayor a los 5 años en la empresa. La categoría IV incluye a las ocupaciones de Revisador, Chofer, Vendedor de 2da., y Auxiliar administrativo de 1ra., correspondiendo a todos estos cargos precedentemente definidos un salario mínimo de N$ 15.120. Categoría V. Encargado de Depósito de 2da.: Es el empleado cuya descripción de tareas es igual al encargado de depósito de 1ra. exceptuándose el control de stock mediante ficheros o en los casos manifiestos de menor movimiento de mercaderías. Cajero de Salón: Es el empleado que realiza el cobro de boletas de contado, el arqueo de caja, control de cheques y pequeños pagos. Es responsable del funcionamiento y seguridad de la caja del salón. Cobrador: Es la persona que efectúa el cobro a deudores de la empresa fuera de los locales de la misma. La categoría V incluye las ocupaciones de Encargado de Depósito de 2da., Cajero de Salón, y Cobrador, correspondiendo a todos estos cargos precedentemente definidos un salario mínimo de N$ 16.590. Categoría VI. Vendedor de 1ra.: Es el empleado encargado de la atención del público. Posee conocimientos específicos sobre el total de la mercadería. Requiere poseer conocimientos técnicos sobre la mercadería y la venta. Viajante: Es el vendedor que con conocimientos técnicos sobre la mercadería realiza tareas de ventas a clientes situados en departamentos que no sean los del domicilio de la empresa. Puede realizar cobranzas. Vendedor de Plaza: Persona que con conocimientos técnicos sobre la mercadería realiza tareas de ventas a clientes situados en el mismo departamento en el que se radica la empresa, visitándolos a domicilio. Encargado de Cuentas Corrientes: Es el empleado que realiza los asientos contables de las cuentas corrientes de clientes y/o proveedores y atiende y/o informa respecto de la situación de las mismas. La categoría VI incluye las ocupaciones de Vendedor de 1ra., Viajante, Vendedor de plaza, y Encargado de cuentas corrientes, correspondiendo a todos estos cargos precedentemente definidos un salario mínimo de N$ 18.060. Categoría VII. Encargado del Depósito de 1ra.: Es el empleado que realiza el control de stock del depósito mediante sistema de fichas o similares, la comunicación de ello al encargado de compra, el apartado de mercaderías para empaque y expedición, controla, revisa la calidad y cantidad de las mercaderías recibidas en el depósito. Es responsable del funcionamiento de la sección y su organización interna. Requiere conocimiento específico y técnico de las mercaderías ubicadas en el depósito. Encargado de recepción: Es el empleado afectado a la recepción de mercaderías. Controla calidad y cantidad de mercadería recibida según la orden de Sección Compras. Controla la entrada de bultos de importación. La categoría VII incluye las ocupaciones de Encargado de depósito de 1ra. y Encargado de recepción, correspondiendo a todos estos cargos precedentemente definidos un salario mínimo de N$ 19.950. Categoría VIII. Encargado de Salón: Es el empleado que ejecuta las mismas tareas que el vendedor de 1ra., más tareas específicas del área administrativa. Es el nexo de coordinación entre la Jefatura y los vendedores. Jefe de Expedición: Es la persona responsable de la supervisión, ejecución y coordinación de las tareas del personal que tenga a su cargo la Sección Expedición. Jefe de Cobranzas: Es la persona responsable de la supervisión y coordinación de las tareas desempeñadas por los cobradores de la empresa. Jefe de Cuentas Corrientes: Persona responsable de la supervisión, ejecución y coordinación de las tareas del personal que tenga a su cargo en la Sección Facturación. La categoría VIII comprende las ocupaciones de Encargado de Salón, Jefe de Expedición, Jefe de Cobranzas, Jefe de Cuentas Corrientes y Jefe de Facturación, correspondiendo a todos estos cargos precedentemente definidos un salario mínimo de N$ 21.630. Categoría IX. Cajero General: Es la persona que efectúa los pagos y recepciona los cobros de la empresa, ya sea de proveedores, servicios o personal, asentando contablemente los movimientos de Caja. La categoría IX, incluye la ocupación de Cajero general precedentemente definida correspondiendo una retribución en carácter de salario mínimo de N$ 23.835. Categoría X. Jefe de Ventas: Es el empleado responsable de la supervisión, ejecución y coordinación de las tareas correspondientes al personal afectado al área de ventas. Jefe de Compras: Es el empleado responsable de la supervisión, ejecución, y coordinación de las tareas del personal que tenga a su cargo en el área de compras. Jefe de Importaciones: Es el empleado responsable de la supervisión, ejecución y coordinación de las tareas del personal que tenga a su cargo en el área de importación. Jefe de Administración: Es el empleado responsable de la supervisión, ejecución y coordinación de las tareas del personal que tenga a su cargo en el área administrativa. La categoría X incluye las ocupaciones de Jefe de Ventas, Jefe de Compras, Jefe de Importaciones y Jefe de Administración, correspondiendo a todos estos cargos precedentemente definidos un salario mínimo de N$ 25.935. (*)