Decreto71-1990·1990

MODIFICACION DE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS EXTRAPRESUPUESTALES. EJERCICIO 1990. CONTADURIA GENERAL DE LA NACION. DIRECCION DE LOTERIAS Y QUINIELAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14/02/1990

Fecha de publicación

5 de octubre de 1990

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Incorpóranse al Plan de Inversiones Públicas Ejercicio 1990, los Proyectos de Inversión siguientes, por un monto total de N$ 664:160.000,00 (nuevos pesos seiscientos sesenta y cuatro millones ciento sesenta mil) a financiarse con recursos extrapresupuestales: Inc. Prog. Unidad Ejecutora Monto en N$ __ __ __ __ 05 002 002 Contaduría General de la Nación. Proyecto Maquinarias, equipos y mobiliario Nº 709. 166:800.000.00 Unidad Ejecutora 05 008 008 Dirección Loterías y Quinielas. Proyectos Globos y tablero electrónico Nº 740. 190:000.000.00 Máquinas, equipo y mobiliario de Oficina número 753. 50:000.000.00 Reparación de Edificios No. 953. 70:000.000.00 Ampliación equipo de Procesamiento de Datos No. 971. 77:000.000.00 Numeradores No. 973. 22:360.000.00 Pedaleta Nº 975. 15:000.000.00 Ampliación de edificio Nº 976. 58:000.000.00 Perforadora - troqueladora Nº 977. 15:000.000.00

Artículo 2Artículo 2

Apruébanse los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos Extrapresupuestales correspondientes al Ejercicio 1990, presentados por las Unidades Ejecutoras 002 "Contaduría General de la Nación", del Programa 002 "Auditoría Interna y Contabilidad General de la Gestión Estatal" y 008 "Dirección de Loterías y Quinielas" del Programa 008 "Recaudación de Ingresos Provenientes de Loterías, Quinielas y Afines", del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas" por un monto total de N$ 2.444:960.000,00 (nuevos pesos dos mil cuatrocientos cuarenta y cuatro millones novecientos sesenta mil) y U$S 461.600,00 (cuatrocientos sesenta y un mil seiscientos dólares de los Estados Unidos de América) de acuerdo a detalle consignado en anexo<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> adjunto, que es parte integrante del presente decreto.

Artículo 3Artículo 3

Dése cuenta a la Comisión Permanente.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Contaduría General de la Nación; publíquese, etc.-