Decreto716-1991·1991

IMPUESTO A LAS RENTAS DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27/12/1991

Fecha de publicación

26/02/1992

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en N$ 85.000 (nuevos pesos ochenta y cinco mil) para el año 1992, el monto mensual del impuesto a que se refiere el Título 4, artículo 57 del Texto Ordenado 1991, para las pequeñas empresas exoneradas del Impuesto a las Rentas de la Industria y Comercio por el artículo 26, literal E, del mencionado Título.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese en dos diarios de circulación nacional.