Decreto719-1987·1987

AMPLIACION DEL PLAZO PARA QUE LAS COOPERATIVAS DE VIVIENDAS CITEN A ASAMBLEA GENERAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de abril de 1987

Fecha de publicación

15/12/1987

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Amplíase el plazo previsto en el artículo 3º del decreto 192/987 de 2 de abril de 1987 en cuarenta y cinco días, que se computarán a partir del siguiente a la publicación del presente decreto en el "Diario Oficial".

Artículo 2Artículo 2

La Inspección General de Hacienda coordinará con la Secretaría de Prensa y Difusión de la Presidencia de la República la elaboración y publicación de los comunicados de prensa que correspondan a efectos de una correcta difusión del tema.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.