Decreto72-1996·1996

INSPECCION TECNICA VEHICULAR PARA TRANSPORTE DE PASAJEROS Y CARGA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/02/1996

Fecha de publicación

19/03/1996

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Apruébanse las modificaciones introducidas al Manual de Inspección Técnica de Vehículos de Transporte de Carga y Pasajeros, contenido en el Decreto Nº 451/994 de 5 de octubre de 1994, relativas a la "Gradualización de criterios para la calificación de defectos", cuyo texto luce en Anexo que se considera parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2Artículo 2

Apruébase la extensión del plazo máximo otorgado para la reinspección de vehículos "Aprobados Condicionales" a 60 días, extensión que regirá durante los 3 primeros años de implantación del servicio de Inspección Técnica Vehicular.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte.