Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común, de conformidad con el Anexo que forma parte del presente Decreto.- (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común, de conformidad con el Anexo que forma parte del presente Decreto.- (*)
Artículo 2 — Artículo 2
El Anexo correspondiente se encuentra a disposición de los interesados en la página web de la Asesoría de Política Comercial del Ministerio de Economía y Finanzas.-
Artículo 3 — Artículo 3
Dése cuenta a la Asamblea General.-
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, publíquese, etc.-