Decreto728-1988·1988

ESTADISTICA NACIONAL. III CENSO ECONOMICO NACIONAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/10/1988

Fecha de publicación

14/11/1988

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Se prorroga hasta el 19 de diciembre de 1988 el plazo establecido por el artículo 12 del decreto 381 del 4 de agosto de 1987, a efectos de que las empresas y personas con actividad económica independiente, que no hayan sido censadas, concurran a la Dirección General de Estadística y Censos para brindar la información correspondiente al III Censo Económico Nacional.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-