Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Centésimo Nonagésimo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 18, suscrito el 28 de noviembre de 2019 entre los Gobiernos de la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, que consta como anexo y forma parte del presente Decreto y por el cual se incorpora al Acuerdo de Complementación Económica N° 18, la Resolución N° 49/19 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, relativa a "Acciones Puntuales en el Ámbito Arancelario por Razones de Abastecimiento (derogación de Resolución GMC N° 08/08 y de la Directiva CCM N° 04/11)", (*) al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo de 1980;