Decreto739-1987·1987

APROBACION DE TRASPOSICIONES DE ASIGNACIONES ENTRE PROYECTOS DE VARIOS PROGRAMAS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de setiembre de 1987

Fecha de publicación

22/01/1988

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Apruébanse las trasposiciones de asignaciones que a continuación se mencionan, entre proyectos de los siguientes programas: Dirección Nacional de Vialidad. Dirección Nacional de Arquitectura (según anexo). Administración General. (*)

Artículo 2Artículo 2

Apruébase el Plan de Mantenimiento del inciso 10 Ministerio de Transporte y Obras Públicas para el Ejercicio 1987, que con las trasposiciones de rubros decretados en el artículo anterior, totaliza la suma de N$ 13:748.745.00 (nuevos pesos trece millones setecientos cuarenta y ocho mil setecientos cuarenta y cinco), a los valores de enero de 1987 de acuerdo con la distribución por programas y rubros de gastos indicados en el Anexo I al IV<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> que forma parte integrante de este decreto.

Artículo 3Artículo 3

Los rubros de retribuciones personales se ajustarán de acuerdo a los incrementos que otorgue el Poder Ejecutivo a los funcionarios públicos, y los restantes en la oportunidad y por el porcentaje que determine el Poder Ejecutivo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 82 de la ley 15.809, del 8 de abril de 1986.

Artículo 4Artículo 4

La suma total de N$ 13:748.745.00 a que asciende el monto del referido Plan se financiará: N$ 7.724:676.000 (nuevos pesos siete mil setecientos veinticuatro millones seiscientos setenta y seis mil) con el Fondo de inversiones del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, N$ 1.965:834.000 (nuevos pesos un mil novecientos sesenta y cinco millones ochocientos treinta y cuatro mil) con Rentas Generales y N$ 4.058:235.000 (nuevos pesos cuatro mil cincuenta y ocho millones doscientos treinta y cinco mil) con endeudamiento, que incluye U$S 100.000 (dólares americanos cien mil) calculados al tipo de cambio U$S - N$ 181.

Artículo 5Artículo 5

El Ministerio de Transporte y Obras Públicas comunicará mensualmente a la Contaduría General de la Nación y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto el detalle de las imputaciones de acuerdo con los mecanismos implementados por la Contaduría General de la Nación a tales efectos.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, dése cuenta a la Asamblea General y previa toma de razón por la Contaduría Central y la Auditoría del Tribunal de Cuentas de la República destacada en el mismo archívese.