Decreto74-1990·1990

APROBACION DE TARIFAS DE UTE. ENERO 1990

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14/02/1990

Fecha de publicación

24/04/1990

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Apruébanse las tarifas de energía eléctrica para los servicios a cargo de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas que se detallan a continuación y que regirán a partir del 1° de enero de 1990, así como las tasas "B" que tendrán vigencia a partir del día siguiente al de la publicación del presente decreto. (*)

Artículo 2Artículo 2

Autorízase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas a aplicar sobre las tarifas aprobadas en el artículo 1° un recargo del 5 % (cinco por ciento) en régimen excepcional y transitorio, modificándose lo dispuesto oportunamente cuando se fijó el mismo en un 3,5 % (tres y medio por ciento) manteniéndose la facultad concedida en la materia a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y vuelva a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas.