Decreto742-1988·1988

RESERVA MINERA. FLORES. GRANITO ORNAMENTAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

11 de abril de 1988

Fecha de publicación

16/11/1988

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Dispónese la Reserva Minera del área denominada Zona XXV que corresponde al Padrón Nº 298 de la Quinta Sección Judicial del departamento de Flores.

Artículo 2Artículo 2

La Reserva Minera se extenderá por un plazo de tres años a partir de la fecha y comprenderá la totalidad de los yacimientos existentes en el área mencionada, cometiéndose la realización de las labores a la Dirección Nacional de Minería y Geología.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.