Decreto744-1987·1987

REGLAMENTACION PARA LOS FUNCIONARIOS DEL ESCALAFON A DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/12/1987

Fecha de publicación

2 de agosto de 1988

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Establécese que un mínimo del cincuenta por ciento de la totalidad de los funcionarios de cada profesión del Escalafón A del Ministerio de Relaciones Exteriores deberán desempeñar simultáneamente funciones en la República. (*)

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-