Decreto745-1985·1985

APROBACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE INSTRUCCION DE PARACAIDISTAS DEL EJERCITO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de octubre de 1985

Fecha de publicación

31/03/1986

Artículos (9)

Artículo 1

CAPITULO I Misión Artículo 1.- El Centro de Instrucción de Paracaidistas del Ejército (C.I.P.E.) tiene por misión: A. 1) Instruir y entrenar al personal Paracaidista militar. 2) Tomar a su cargo toda otra actividad de instrucción al Personal Militar Combatiente y de Servicios Generales, relacionada con la especialidad. B. Contribuir a elevar el grado de capacitación del combatiente individual y de pequeñas unidades, capacitándolas para cumplir misiones operativas mediante un riguroso entrenamiento físico y el acrecentamiento de las fuerzas morales y espirituales, cultivando el valor, el arrojo y la decisión ante el peligro, apoyando el desarrollo de los cursos relacionados con la actividad. C. Experimentar, difundir y mantener todos aquellos aspectos doctrinarios referidos a las especialidades. D. Mantener y perfeccionar la capacidad de Paracaidistas Militares y sus respectivas especialidades acorde a las siguientes prioridades: 1) Personal Superior del Bn. I. Parac. Nro. 14. 2) Personal Subalterno del Bn. I Parac. Nro. 14. 3) Personal Superior y Subalterno de otras Unidades Paracaidistas que se puedan crear en el Ejército. 4) Personal Superior del Ejército. 5) Personal Subalterno del Ejército. 6) Personal Superior de otras Fuerzas. 7) Personal Subalterno de otras Fuerzas. Estas prioridades serán reguladas de acuerdo a las necesidades del Bn. I. Parac. Nro. 14, el apoyo aéreo y material y equipo disponible. E. Asesorar técnicamente al Comando General del Ejército respecto a todos los asuntos relacionados con las actividades de Paracaidismo Militar o las actividades de paracaidismo realizadas por integrantes del Ejército o en representación del mismo. F. Participar en actividades de paracaidismo en el ámbito civil.

Artículo 2

CAPITULO II Funciones Artículo 2.- El comando del Centro de Instrucción de Paracaidistas del Ejército (C.I.P.E.) es responsable de: A. La instrucción teórica y práctica impartida en los cursos. B. Capacitar a los instructores para que posean los conocimientos teóricos y prácticos, indispensables que les permitan desempeñarse con eficiencia. C. Establecer las reglas de seguridad y controlar el cumplimiento de las mismas. D. Asegurar que el Centro de Instrucción de Paracaidistas del Ejército (C.I.P.E.) disponga de los materiales y ayudas de instrucción necesarias. E. Mantener el entrenamiento y capacitación teórica de los integrantes permanentes del Centro de Instrucción de Paracaidistas del Ejército (C.I.P.E.), así como sus aptitudes generales de combate.

Artículo 3

CAPITULO III Estructura Orgánica Artículo 3.- Funcionará como elemento constitutivo del Bn. I Parac. Nro. 14, el cual brindará las facilidades necesarias para dichas actividades, comprendiendo instructores, equipos y mantenimiento.

Artículo 4

Artículo 4.- Se organizará en base a: A. I Comando integrado por 1) El Jefe de la Unidad como Jefe del Centro de Instrucción de Paracaidistas del Ejército (C.I.P.E.) 2) Un Mayor de Infantería de Paracaidista, como 2do. Jefe del Centro de Paracaidistas del Ejército (C.I.P.E.). B. Una Sección Operaciones. C. Una Seccion Apoyo.

Artículo 5

Artículo 5.- Un cuadro de instructores variable, integrado por: A. Personal Superior y Subalterno del Centro de Instrucción de Paracaidistas del Ejército (C.I.P.E.). B. Personal Superior y Subalterno del Bn. I. Parac. Nro. 14. C. Personal Superior del Ejército que contando con una especialidad, que no posea el Personal Superior del Centro de Instrucción de Paracaidistas del Ejército (C.I.P.E.) o Bn. I. Parac. Nro. 14 y cuyos conocimientos resulten necesarios para determinados cursos.

Artículo 6

CAPITULO IV Disposiciones Generales Artículo 6.- Los integrantes del Centro de Instrucción de Paracaidistas del Ejército (C.I.P.E.) revistarán en el Bn. I. Parac. Nro. 14.

Artículo 7

Artículo 7.- Los alumnos de los cursos pasarán a prestar servicio en comisión en el Centro de Instrucción de Paracaidistas del Ejército (C.I.P.E.) durante el desarrollo de la instrucción.

Artículo 8

Artículo 8.- Accidentes. A. Se designará una Comisión Técnica en todos aquellos accidentes de Paracaidismo Militar que se produzcan, con la finalidad de determinar causas, responsabilidades o realizar recomendaciones para evitar la reiteración de los mismos. B. La Comisión estará integrada por 5 miembros actuando como: Presidente: el 2do. Jefe del Centro de Instrucción de Paracaidismo del Ejército (C.I.P.E.). Vicepresidente: el Oficial de Operaciones del Centro de Instrucción de Paracaidistas del Ejército (C.I.P.E.) y como Secretario el Jefe de la Sección Empaque, siendo integrada además, por dos miembros designados en cada caso por el Comando del C.I.P.E. entre el personal Paracaidista Militar preferentemente con especialidad de Jefe de Salto o Empacador. C. La Comisión tendrá 48 horas para expedirse a partir del momento que sean designados sus dos miembros variables, debiendo actuar a partir del momento que ocurra el accidente, realizando un informe que incluirá: 1) Causas (reales o probables) del mismo. 2) Responsabilidades. 3) Medidas a adoptar para evitar nuevos accidentes. 4) Recomendaciones sobre inhabilitaciones de material, especialidades, etc., incluyendo ampliación de la investigación por un lapso mayor u otros medios. 5) En caso de discrepancia de algunos de sus integrantes referente a alguna de las conclusiones, se deberá dejar constancia en actas, debiendo fundamentarse la causa de la misma. 6) La Comisión podrá consultar a los especialistas que estime conveniente a fin de aclarar detalles técnicos u opiniones debiendo dejar constancia de ello.

Artículo 9

Artículo 9.- El presente Reglamento será complementado por el Manual de Organización y Funcionamiento, el cual desarrollará y profundizará la organización aquí establecida y detallará las normas y procedimientos que aseguren el cumplimiento de la misión. Facúltese al Comandante en Jefe del Ejército la aprobación del mismo y modificaciones que sean necesarias para adecuar su funcionamiento en el futuro". <a name="ANEXO" id="ANEXO"></a> ANEXO Nº 1 Organigrama ORGANIZACION DEL CENTRO DE INSTRUCCION DE PARACAIDISTAS DEL EJERCITO C.I.P.E. * ******************************************* * * * * * * COMANDO OPERACIONES APOYO