Artículo 1 — Artículo 1
Fíjanse a partir del 1° de octubre de 1986 y hasta el 31 de enero de 1987, los siguientes salarios mínimos por categoría con carácter nacional, para los trabajadores comprendidos en el Consejo de Salarios N° 43 "Espectáculos Públicos y Entretenimientos", Subgrupo "personal de Studs y Caballerizas". Sereno N$ 14.608 mensuales Capataz N$ 14.608 mensuales peón Vareador por el cuidado de hasta 3 caballos N$ 18.470 mensuales