Decreto75-2001·2001

PRORROGA DE REGIMEN DE ORIGEN MERCOSUR. ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA ACE 18

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de julio de 2001

Fecha de publicación

16/03/2001

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Requerir hasta el 31 de diciembre de 2005 el cumplimiento del Régimen de Origen MERCOSUR, de acuerdo a lo establecido en el VIII y XXII Protocolos Adicionales al Acuerdo de Complementación Económica ACE 18, para los productos procedentes de los Estados Partes del MERCOSUR.- (*)

Artículo 2Artículo 2

Disponer que hasta la fecha mencionada por el artículo anterior no serán de aplicación las limitaciones mencionadas en el artículo 12 de la Decisión Nº 10/94 del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR, para las concesiones de los regímenes de "draw back" o admisión temporaria establecidas en el artículo 7 de la referida Decisión.-

Artículo 3Artículo 3

Lo dispuesto en el presente Decreto regirá a partir del 30 de diciembre de 2000.-

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc..-