Artículo 1 — Artículo 1
Declárase duelo oficial por el fallecimiento del señor Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Comandante Hugo Rafael Chávez Frías los días 6, 7 y 8 de marzo de 2013.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase duelo oficial por el fallecimiento del señor Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Comandante Hugo Rafael Chávez Frías los días 6, 7 y 8 de marzo de 2013.
Artículo 2 — Artículo 2
La bandera Nacional permanecerá a media asta durante los días indicados en el artículo anterior en todos los edificios públicos, cuarteles, fortalezas, bases aéreas, buques de guerra, Embajadas y representaciones en el exterior, como adhesión de la República al duelo.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.