Artículo 1 — Artículo 1
Trasládase la actividad de los Consignatarios de Ganado del Grupo 9 "Industria de la Carne" al Grupo 1 "Comercio" de la clasificación en grupos de las actividades comprendidas en el decreto 178/985, de 10 mayo de 1985.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
12 de noviembre de 1985
Fecha de publicación
1 de octubre de 1986
Artículo 1 — Artículo 1
Trasládase la actividad de los Consignatarios de Ganado del Grupo 9 "Industria de la Carne" al Grupo 1 "Comercio" de la clasificación en grupos de las actividades comprendidas en el decreto 178/985, de 10 mayo de 1985.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.