Artículo 1 — Artículo 1
Exceptúase a los integrantes de la Comisión Nacional creada por resolución del Poder Ejecutivo de 26 de julio de 1985, con el cometido de realizar los estudios de viabilidad de las obras del Puente Buenos Aires-Colonia y al señor Ministro de Transporte y Obras Públicas, señor Jorge Sanguinetti, de la observancia de los requisitos contenidos en el decreto 467/985, de 27 de agosto de 1985, autorizándolos a trasladarse a la ciudad de Buenos Aires, toda vez que así lo requiera el cumplimiento de los cometidos a cargo de la mencionada Comisión Nacional.