Decreto753-1991·1991

RUBROS PRESUPUESTALES. PRESUPUESTO. EJERCICIO 1991

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

31/12/1991

Fecha de publicación

23/06/1992

Artículos (8)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase en el Programa 001, Secretaría de Estado, la transferencia de miles de N$ 1:046.622 (miles de nuevos pesos un millón cuarenta y seis mil seiscientos veintidós) al Proyecto Nº 853, "Mantenimiento del Programa", del Programa 001; de los Proyectos Nº 701, "Gastos de Estudio", por miles de N$ 700.000 (miles de nuevos pesos setecientos mil), Nº 702, "Convenios", por miles de N$ 283.683 (miles de nuevos pesos doscientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y tres), Nº 771, "Adquisición de Vehículos", por miles de N$ 36.304 (miles de nuevos pesos treinta y seis mil trescientos cuatro), Nº 906, "Plan Nacional de Conteos de Tránsito", por miles de N$ 25.000 (miles de nuevos pesos veinticinco mil), Nº 907, "Asistencia Técnica", por miles de N$ 1.635 (miles de nuevos pesos un mil seiscientos treinta y cinco).

Artículo 2Artículo 2

Apruébase la transferencia en el Programa 003 -Dirección Nacional de Vialidad-, de miles de N$ 1:390.000 (miles de nuevos pesos un millón trescientos noventa mil) al proyecto Nº 855, "Mantenimiento del Programa", del Proyecto Nº 777, "Ruta 1 Santiago Vázquez - Colonia". Financiación FIMTOP.

Artículo 3Artículo 3

Apruébase la transferencia en el Programa 006 -Dirección Nacional de Topogragía-, de miles de N$ 200.000 (miles de nuevos pesos doscientos mil), al Proyecto Nº 858, "Mantenimiento del Programa", del Proyecto Nº 765, Expropiaciones para Obras del Plan de Inversiones. Financiación FIMTOP.

Artículo 4Artículo 4

Apruébase el Plan de Mantenimiento del Inciso 10 -Ministerio de Transporte y Obras Públicas-, para el ejercicio 1991, que totaliza miles de N$ 109:158.744 (miles de nuevos pesos ciento nueve millones ciento cincuenta y ocho mil setecientos cuarenta y cuatro), a valores de enero de 1991, de acuerdo con la distribución de programas y rubros de gastos indicados en los Anexos Nos. 1 a 4 que forman parte integrante de este decreto. (*)

Artículo 5Artículo 5

Los rubros de retribuciones personales se ajustarán de acuerdo a los incrementos que otorgue el Poder Ejecutivo a los funcionarios públicos, y los restantes, en la oportunidad y por el porcentaje que determine el Poder Ejecutivo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 82 de la ley 15.809 del 8 de abril de 1986.

Artículo 6Artículo 6

La suma total de miles de N$ 109:158.744 a que asciende el monto del referido plan, se financia así: miles de N$ 101:756.247 (miles de nuevos pesos ciento un millones setecientos cincuenta y seis mil doscientos cuarenta y siete) FIMTOP y miles de N$ 7:402.497 (miles de nuevos pesos siete millones cuatrocientos dos mil cuatrocientos noventa y siete) Endeudamiento.

Artículo 7Artículo 7

El Ministerio de Transporte y Obras Públicas comunicará mensualmente a la Contaduría General de la Nación y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto el detalle de las imputaciones, de acuerdo con los mecanismos implementados por la Contaduría General de la Nación a tales efectos.

Artículo 8Artículo 8

Comuníquese, dese cuenta a la Asamblea General y previa toma de razón por la Contaduría Central y la Auditoría del Tribunal de Cuentas de la República destacada en el mismo, archívese.