Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Texto Ordenado de la ley Nº 13.728, de 17 de diciembre de 1968, con leyes modificativas y complementarias que se encuentran vigentes a la fecha, el que se denominará "Texto Ordenado Ley de Vivienda" (T.O.L.VI.) (*)