Decreto77-1990·1990

ATRASO DE HORA LEGAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/02/1990

Fecha de publicación

24/04/1990

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Retrásese la hora legal en toda la República a partir de la hora cero del día 25 de febrero de 1990. A tal fin el próximo 24 de febrero a las 24 horas los relojes de toda la República serán retrasados en sesenta minutos.

Artículo 2Artículo 2

El Ministerio de Defensa Nacional dispondrá que la Dirección General de Metereología efectúe las comunicaciones y publicaciones que correspondan.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.