Decreto77-2009·2009

INCORPORACION DE BIENES A LA DELIMITACION DEL RECINTO PORTUARIO ADUANERO DEL PUERTO DE MONTEVIDEO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de junio de 2009

Fecha de publicación

17/02/2009

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Incorpórase a la delimitación del recinto portuario-aduanero del puerto de Montevideo, el área ubicada en parte del padrón No. 416.849 de la 13º Sección Judicial del Departamento de Montevideo - fracciones I y IIb del plano del Ingeniero Agrimensor Francico Gervaz detallada en la Resolución del Poder Ejecutivo de 23 de enero de 2002, identificada como "ex Frigorífico Nacional", cuya administración, conservación y desarrollo le fueran encomendadas a la Administración Nacional de Puertos por Decreto 386/2008 de 11 de agosto de 2008.

Artículo 2Artículo 2

La Administración Nacional de Puertos ejercerá las funciones, poderes jurídicos y competencias que posee en el puerto de Montevideo para el cumplimiento de los objetivos de la política portuaria nacional.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.