Decreto77-2022·2022

EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. RIVERA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de marzo de 2022

Fecha de publicación

3 de noviembre de 2022

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), la fracción del inmueble empadronado con el N° 25.341 (veinticinco mil trescientos cuarenta y uno) ubicado en la Localidad Catastral Rivera, del departamento de Rivera, que según plano de mensura N° 1620 del Departamento de Bienes Raíces de 20 de abril de 2021 levantado por el Ing. Agrim. Martín Wainstein, consta de un área de 1.050 m² 00 dm² (mil cincuenta metros cuadrados, cero decímetros) y se deslinda de la siguiente manera: al Noreste tramo recto de 30 metros 00 centímetros lindando con el padrón N° 25.340, al Sureste tramo recto de 35 metros 00 centímetros con frente a Calle Don Martín Padern Martínez, al Suroeste tramo recto de 30 metros 00 centímetros de longitud lindando con el padrón N° 25.342, y al Noroeste recta de 35 metros 00 centímetros de longitud con el padrón N° 25.342.

Artículo 2Artículo 2

Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.

Artículo 3Artículo 3

La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) habrá de hacer una reserva prudencial a los efectos de cubrir el monto de la indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Ley N° 15.027, 17 de junio de 1980.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.