Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.), el inmueble empadronado con el N° 3.285 (p), ubicado en la Localidad Catastral de Marindia, departamento de Canelones, que según plano de mensura N° 1656 del Departamento de Bienes Raíces de U.T.E., levantado por el Ing. Agrim. Federico M. Carabajal Amaral, el predio a adquirir consta de un área de 8.000 m², y tiene el siguiente deslinde: al sureste 80 metros de frente a la Ruta Interbalnearia, al suroeste 100 metros lindando con el resto del padrón N° 3.285, al noroeste 80 metros lindando con el resto del padrón N° 3.285 y al noreste 100 metros lindando con el resto del padrón N° 3.285.