Decreto775-1987·1987

FIJACION DE PRECIOS DE ALCOHOLES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23/12/1987

Fecha de publicación

25/02/1988

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Se aprueba el precio de venta del alcohol carburante, en la suma de N$ 150.00 el litro a 95º incluido el Impuesto al Valor Agregado, fijado por el Directorio de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland. (*)

Artículo 2Artículo 2

El precio aprobado por el artículo primero del presente decreto, regirá hasta el 29 de febrero de 1988.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.