Artículo 1 — Artículo 1
Fíjanse los siguientes salarios mínimos por categoría con jurisdicción nacional para los trabajadores comprendidos en el Grupo 16 subgrupo de Escobas, cepillos, pinceles y plumeros, con vigencia desde el 1º de octubre de 1985 hasta el 31 de enero de 1986. I) Personal Administrativo y de Dirección. N$ Jefe Administrativo 24.434 mensual Empleados encargados en general y Escritorio y personal a sus ordenes 20.768 mensual Auxiliar 1ero. 17.348 mensual Auxiliar 2do. 15.882 mensual Auxiliar 3ero. 14.294 mensual Cadete 1° 11.973 mensual Cadete 2° 9.700 mensual Corredor exclusivo 15.982 mensual Y se adicionaran las comisiones sobre venta como asis mismo las partidas por locomoción legales vigentes. N$ Choferes, conductores de entrega, y recibidores de mercaderías, m/n, s/mensual 17.348 mensual Chofer, conductores con acarreo en general m/n 15.882 mensual Repartidor o vendedor que se ocupa de cobranza por hora 48.50 hr. Corredores en general; comisión de ventas a mayoristas el 2% 61.10 hr. Clasificación de Paja N$ Oficial 81.25 hr. Medio Oficial 67.75 hr. Aprendiz adelantado 62.00 hr. Aprendiz absoluto 48.50 hr. Sección Escobas Armadores y cosedores N$ Escobas comunes (3 hilos) 43.40 hr. Escobas comunes (4 hilos) 44.70 hr. Escobas comunes reparadas 3 hilos 44.70 hr. Escobas comunes reparadas 4 hilos 51.30 hr. Escobas especiales 3 hilos 57.10 hr. Escobas especiales 4 hilos 64.30 hr. Escobas retapadas (3 hilos) Armador 71.80 hr. Escobas retapadas (3 hilos) Cosedor 59.25 hr. Escobas retapadas (4 hilos) 70.60 hr. Escobas trenzadas (4 hilos) Armador 86.75 hr. Escobas trenzadas (4 hilos) Cosedor 77.35 hr. Escobas especiales (5 hilos) Armador 76.40 hr. Escobas especiales (5 hilos) Cosedor 90.50 hr. Escobas barraca (5 hilos) 106.90 hr. Escobas barraca (4 hilos) 93.30 hr. Escobas Niña (Armador) 33.70 hr. Escobas Niña (Cosedor) 28.70 hr. Escobas sastres (Armador) 85.50 hr. Escobas sastres (Cosedor) 44.70 hr. Escobines blancos 27.10 hr. Escobines negros 30.50 hr. Cosedores a máquina eléctrica 449.00 jornal Por docena de escobas cocidas 65.50 hr. Sección Cepillos N$ Cepillos comunes (hasta 3 cm largo material, agujeros el millar 230.90 Cepillo caballo un solo corte agujeros 345.75 Cepillos caballo dos cortes agujeros 345.75 Cepillos chaura, agujeros, el millar 345.75 Los trabajos en cerda se pagarán: N$ El jornal de oficial 692.70 Económica cosida (31 agujeros) docena 172.90 Escobillones cocidos (52 agujeros) docena 345.75 Escobillones Embrados el millar agujeros 654.80 hr. Personal Obrero y de Servicio, Pincelería, Plumerería, Cepillería y Escobería N$ Capataz general por mes 23.019 mensual Capataz 19.730 mensual Encargado 18.325 mensual Mecánico 115.20 hr. Oficial A 86.60 hr. Oficial B 79.20 hr. Medio Oficial A 74.15 hr. Medio Oficial B 67.75 hr. Aprendiz adelantado (el año) jornal 58.00 hr. Aprendiz absoluto 48.50 hr. Sereno simple 59.40 hr. Sereno con limpieza 64.20 hr. Se establece a los efectos del pase a la categoría inmediata superior, las siguientes antigüedades en el cargo y en la industria. De aprendiz absoluto a aprendiz, 1 año. De aprendiz a 1/2 Oficial B un año y medio. De medio oficial B a medio oficial A, 2 años. De medio oficial A a oficial B cuatro años. Al llegar a dicho término se estará a que se produzca vacante de Oficial A, teniendo en cuenta que el 20% de los obreros serán oficiales A.