Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Segundo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 63, suscrito el 26 de diciembre de 2012 entre la República Oriental del Uruguay y la República Bolivariana de Venezuela, que consta como anexo (*) y forma parte del presente decreto, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo de 1980.