Decreto79-1994·1994

REQUISITOS PARA LA PERCEPCION DEL FONDO DE PARTICIPACION EN EL MTSS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/02/1994

Fecha de publicación

3 de octubre de 1994

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Establécese que el requisito de poseer un año de antigüedad efectiva en el cargo para acceder al Fondo de Participación, prevista en los Arts. 2 del Decreto 344/993, y 2 del Decreto 345/993, ambos de fecha 27 de julio de 1993, no se aplica a aquellos funcionarios que han ingresado e ingresen a prestar funciones efectivas en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social como consecuencia del llamado a concurso para el llenado de vacantes.

Artículo 2Artículo 2

Notifíquese, publíquese, etc.