Artículo 1 — Artículo 1
Amplíase el ARTICULO 2° del Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 20 de mayo de 2009, incluyendo al Grupo de Coordinación del Sistema Nacional de Respuesta al Cambio Climático y variabilidad, al Ministerio de Economía y Finanzas, el que designará un representante y dos alternos entre los Directores Nacionales o Generales competentes.